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Consejo de Asuntos Ambientales instruye a SALA para la apertura de expediente de hechos por posible falta en la aplicación de la legislación ambiental dentro del Parque Nacional Volcán Barú.

foto de noticia Consejo de Asuntos Ambientales instruye a SALA para la apertura de expediente de hechos por posible falta en la aplicación de la legislación ambiental dentro del Parque Nacional Volcán Barú.
28 Octubre 2021

El Consejo de Asuntos Ambientales del Tratado de Libre Comercio entre Panamá y los Estados Unidos conformado por autoridades de alto nivel de ambos países, determinó que se abriera un expediente de hecho para reunir información sobre el posible incumplimiento en la aplicación de la legislación ambiental panameña en detrimento del Parque Nacional Volcán Barú.

El pasado mes de marzo, la Secretaría para la Aplicación de la Legislación Ambiental, SALA, recibió una comunicación por parte de tres ciudadanos panameños que aseveran que Panamá ha incurrido en el incumplimiento de la legislación ambiental panameña, establecida para la conservación del Parque desde su creación hasta la fecha. Igualmente, en áreas próximas al Parque Internacional la Amistad.

Afirman los denunciantes que el Estado panameño no está aplicando su legislación ambiental debido a que se dan “actividades de tala, avance de la frontera agrícola, mala disposición de los desechos sólidos, prácticas agrícolas intensivas que ponen en riesgo los valores ambientales del área protegida, realización de actividades turísticas sin control o que se promueven de manera masiva, sin considerar la capacidad de carga del sitio”.

La directora ejecutiva de SALA, Bethzaida Carranza explicó que esta decisión implica que la Secretaría queda autorizada para reunir toda la información relacionada con los hechos señalados, particularmente los datos técnicos-científicos y jurídicos, así como los elementos que sean aportados por la comunidad y público en general interesado.

“Esta información debe compilarse de manera objetiva y se puede obtener de los datos proporcionados por ambos países (Panamá y EE.UU), los interesados o por las entidades competentes en materia ambiental, la información que está disponible para el púbico, los comités consultivos, aquella que se elabore por expertos independientes o aquella que se hubiera desarrollado dentro del marco del Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA) entre los países”, agregó.

Para obtener esta información, SALA podrá convocar próximamente a audiencias públicas y solicitar información directamente a las instituciones relacionadas así como también contratar personal externo en apoyo a esta recopilación de hechos en materia técnico-científica.

Reunida esta información en el expediente, la Secretaría para la Aplicación de la Legislación Ambiental remitirá el documento al Consejo Ambiental para que los países puedan analizarlo y emitir las recomendaciones que consideren oportunas para una mejor aplicación de la normativa y así fortalecer sus capacidades para el debido cumplimiento de la legislación ambiental.

Dentro del marco del Tratado de Libre Comercio entre Panamá y los Estados Unidos, los países “reconocen que es inapropiado promover el comercio o la inversión mediante el debilitamiento o la reducción de las protecciones contempladas en sus respectivas legislaciones ambientales”, de allí la importancia del espacio que ofrece la SALA a través de las comunicaciones y el expediente de hechos como herramienta para la participación pública en la verificación y cumplimiento de estos compromisos.